Lecturas suplementarias

Dictámenes sobre extracciones no perjudiciales de madera, plantas medicinales y madera de agar. (CoP15 Doc. 16.3)

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Lista de comprobación para ayudar a formular dictámenes sobre extracciones no perjudiciales de exportaciones de especies del Apéndice II

Los dos cuadros resumen los regímenes de aprovechamiento y los factores que afectan a su gestión.

En el Cuadro 1 se examinan los efectos probables de la recolección de la especie de que se trate.

Los cuadros I correspondientes a Fauna y Flora alientan al personal de las Autoridades Científicas a que hagan un examen inicial, en el nivel nacional, de los probables efectos de la recolección de la especie de que se trate.

Se busca información sobre los tipos de recolección, su grado de control, el segmento de la población recolectado, el nivel de extracción total (para uso nacional e internacional), el motivo de la recolección y los usuarios finales de la extracción. Las Autoridades Científicas deben distinguir entre la recolección reglamentada y la ilícita o no gestionada.

El examen de esos datos comenzará o contribuirá al avance del proceso de consulta entre Autoridades Científicas y Administrativas. En el caso de algunos tipos de extracción, permitirá también a la Autoridad Científica dictaminar rápidamente si la extracción no es perjudicial para la supervivencia.

En el Cuadro 2* se examina una información biológica y administrativa más general:

En el Cuadro 2 se alienta a las Autoridades Científicas a que examinen más a fondo una información biológica y administrativa más general, incluida la relativa a especies respecto de las cuales se hayan planteado motivos de preocupación en el Cuadro 1. Se busca también información sobre historia y planificación de la gestión, gestión de la recolección, estado de la tierra en la que se haga la recolección, capacidad para supervisarla, beneficios y riesgos que entrañe, niveles de protección estricta y relación entre las especies criadas en granjas y en cautividad y las recolectadas en el medio silvestre.

* Al rellenar el Cuadro 2, se debe tener en cuenta que un elevado grado de incertidumbre debe mover a una Autoridad Científica a concluir que no existe información suficiente en la que basar un dictamen sobre extracciones no perjudiciales. En ese caso, la mayoría de las Partes deben optar por no permitir el intercambio comercial hasta que mejore la calidad de la información. Sin embargo, recuerde que en todas las decisiones basadas en un dictamen sobre extracciones no perjudiciales hay un nivel de incertidumbre, por lo que nunca son absolutas. La Autoridad Científica debe abordar dicha incertidumbre y decidir cuál es un nivel de conocimiento aceptable.

Última modificación: jueves, 8 de marzo de 2012, 11:24